Bases y Condiciones "PROGRAMA LÍDERES NIDERA PARA PRODUCTORES"

 

1) DESCRIPCION

Las presentes bases y condiciones establecen las normas generales relativas al "PROGRAMA LÍDERES NIDERA PARA PRODUCTORES" (en adelante el "PROGRAMA") que es, esencialmente, un Programa de Premios y Beneficios a través del cual NIDERA S.A. (en adelante, "NIDERA"), organizador del PROGRAMA, con domicilio en Av. Paseo Colon 505, 4° piso, Ciudad de Buenos Aires, pretende gratificar a aquellos Productores agropecuarios que, día tras día, confían en los productos NIDERA.

Mediante el PROGRAMA los productores agropecuarios participantes, que cumplan con los requisitos establecidos en la cláusula 3, sumarán puntos, en la medida que realicen las compras de los productos indicados en el ANEXO 1, accediendo a diferentes categorías. Tales Productores agropecuarios podrán obtener distintos beneficios en base a los acuerdos comerciales que pacte NIDERA durante el transcurso del PROGRAMA y podrán participar de sorteos, según la categoría que posean, y con los alcances y excepciones establecidos en la cláusula 5.3.

 

2) VIGENCIA DEL PROGRAMA.

2.1. EL PROGRAMA tendrá vigencia desde el 12 de septiembre de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2011 (en adelante la "Vigencia del Programa"). En lo que se refiere a Beneficios la vigencia territorial se extenderá a todo el territorio de la República Argentina, sin embargo en lo referido a Sorteos se exceptúan las provincias de Salta, Mendoza y Neuquén.

2.2. Asimismo, NIDERA se reserva el derecho de modificar, concluir o suspender el PROGRAMA en cualquier momento y sin causa, notificando tal decisión a los productores con 30 (treinta) días de anticipación a la fecha en que la misma entre en vigencia, mediante la publicación en la página web www.lideresnidera.com.ar Las modificaciones, conclusión o suspensión del PROGRAMA no afectarán la entrega y/o asignación de premios o beneficios que se hubiesen sorteado y/o asignado o que estuvieren pendientes de entrega al momento de las modificaciones, conclusión o suspensión del PROGRAMA.

 

3) MECANICA DE PARTICIPACION

3.1 Es requisito indispensable para participar en el PROGRAMA, ser productor agropecuario. Se consideran Productores agropecuarios a los fines del PROGRAMA a aquellos que adquieran, directamente o través de la red de distribuidores oficiales de NIDERA, los productos NIDERA que se detallan en el Anexo I de las presentes bases y condiciones (en adelante los "PRODUCTORES").

Los PRODUCTORES deberán ser personas mayores de 21 años de edad, residentes en la República Argentina.

 

3.2 Para acceder al PROGRAMA, los PRODUCTORES deberán registrarse en www.lideresnidera.com.ar (en adelante el "SITIO WEB"), o comunicarse telefónicamente al número 0800-222-LIDERES (5433), informando los siguientes datos:

FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN
CUIT
Razón Social
Dirección (calle, nro./ruta, km)
Localidad
CP
Provincia
Contacto
Nombre
Apellido
Cargo
Mail
Teléfono
Celular / teléfono alternativo
Fecha de Nacimiento
Grupo de Pertenencia:
Distribuidor donde compra usualmente
:

Una vez que los PRODUCTORES hayan completado el registro, NIDERA les asignará una cuenta con Número Único y una categoría.

Los PRODUCTORES podrán sumar puntos en base a la compra de los PRODUCTOS, a las declaraciones de pagos de regalías extendidas devengadas en la compra de PRODUCTOS, y en caso de haberse adherido al PROGRAMA antes del 31 de octubre de 2009, a las declaraciones de pagos de regalías de soja que fueran efectuadas durante la campaña 2008 devengadas por la compra de PRODUCTOS. Respecto de estas últimas declaraciones, la vigencia de las mismas ha finalizado el 31 de octubre de 2009, por lo cual, vencido dicho plazo no resultarán válidas para el cómputo de puntos del presente PROGRAMA.

Habrá cuatro categorías de PRODUCTORES en base a la cantidad de compras y declaraciones realizadas, y a medida que sumen PUNTOS con cada compra, los PRODUCTORES podrán ir avanzando de categoría. Cada PRODUCTOR cambiará  de categoría automáticamente cuando alcance los puntos requeridos.

Tomando en consideración las compras realizadas y las regalías pagadas, los PRODUCTORES podrán formar parte de alguna de las siguientes categorías:

-Categoría Classic: Desde 0 a 4.399 puntos.

-Categoría Gold: Desde 4.400 puntos hasta 19.499 puntos.

-Categoría Platinum: Desde 19.500 puntos hasta 389.999 puntos.

-Categoría Infinite: Mayor a 390.000 puntos. 

3.3 La participación en el PROGRAMA implica la aceptación de todas las condiciones estipuladas en las presentes Bases y Condiciones, las que se reputan conocidas por los PRODUCTORES. Asimismo, la participación en el PROGRAMA implica la aceptación de todas las modificaciones que puedan realizarse al mismo en la medida en que no afecten la esencia del PROGRAMA..

 

4) ACUMULACION Y VALIDACION DE PUNTOS

4.1 Con cada una de las compras de los PRODUCTOS, el PRODUCTOR acumulará la cantidad de PUNTOS, asignados a dicho producto conforme se detalla en el Anexo I.

A los efectos del cómputo del puntaje, los PRODUCTORES acumularán PUNTOS en la medida que adquieran los PRODUCTOS o declaren regalías, conforme se ha especificado más arriba. Mediante un sistema informático, NIDERA validará todas las facturas registradas por los PRODUCTORES en el SITIO WEB, siempre que éstas sean relativas a PRODUCTOS, y traducirá las mismas en su equivalente en puntos.

Existirán dos (2) instancias en la contabilización de los puntos: "Puntos Pendientes de Aprobación" y "Puntos Aprobados". Los puntos correspondientes a cada una de las facturas realizadas por los PRODUCTORES figurarán en el SITIO Web como "Puntos Pendientes de Aprobación" hasta tanto NIDERA verifique la legitimidad de los mismos y los considere aprobados bajo la denominación "Puntos Aprobados". En caso de que el PRODUCTOR haya realizado declaraciones de regalías, los puntos serán "Pendientes de aprobación" hasta que el PRODUCTOR haya abonado la factura correspondiente a dichas regalías.

Una vez que los PUNTOS sean considerados como aprobados por NIDERA, el PRODUCTOR podrá hacer uso de los mismos y de los que ya tuviera previamente aprobados, y acceder a alguno de los Beneficios predispuestos por NIDERA, conforme a lo establecido en la cláusula 6 de estas bases. Cada categoría de PRODUCTORES del PROGRAMA tendrá beneficios asociados. Los PRODUCTORES sólo podrán utilizar aquellos beneficios disponibles y referentes a su categoría.

4.2 Todas aquellas ventas que los PRODUCTORES tengan registradas en el SITIO Web, para la participación en el presente PROGRAMA, deberán estar debidamente respaldadas por la factura correspondiente. Asimismo, únicamente se cargarán aquellas compras que se hayan realizado durante la VIGENCIA DEL PROGRAMA, y el registro de las compras se realizará dentro de los sesenta (60) días corridos a partir de la fecha efectiva de compra o de pago de regalías extendidas.

4.3 La validación de los PUNTOS obtenidos por los PRODUCTORES será realizada por NIDERA sobre la base de un Informe, que se actualizará semanalmente, y que contendrá la información relativa al stock de los productos NIDERA vendidos. Los PUNTOS obtenidos y acreditados válidamente por NIDERA a los PRODUCTORES sólo serán computables en el marco del PROGRAMA y no podrán ser utilizados en promociones y/o cualquier otro programa implementado por NIDERA, salvo especificación en contrario por parte de NIDERA.

4.4 Los puntos sumados tendrán una vigencia de 1 campaña (Se considera campaña a los productos individualizados en el anexo 1, comprados o declarados entre el 1 de abril de un año y el 31 de marzo del año siguiente). Una vez finalizada esta campaña, se llevarán los puntos a 0 y se mantendrá durante la siguiente campaña la categoría obtenida. En caso de mejorar la categoría o incrementar la cantidad de puntos acumulados, se cambiará automáticamente de categoría.

La conservación de puntos estará sujeta a la decisión y aprobación de NIDERA, quien validará el mantenimiento de los puntos por parte de los PRODUCTORES, a su exclusivo criterio.

4.5 Los PUNTOS no son transferibles a ninguna otra persona o entidad ni bajo ningún título o causa (vg. Fallecimiento, incapacidad, disolución de la sociedad conyugal, etc.) En ningún caso y bajo ninguna circunstancia estará permitido canjear los PUNTOS y/o los Premios por dinero en efectivo ni cederlos a terceros.

 

5. SORTEOS

El presente PROGRAMA es sin obligación de compra, por lo cual, aquellas personas que deseen participar de los sorteos sin adquirir PRODUCTO alguno deberán enviar una carta por correo gratuito en franqueo a pagar por el destinatario, a Nidera - Apartado Especial Nº 16 - Sucursal Centro - C1000WAB junto con una nota solicitando participar del PROGRAMA, un dibujo a mano alzada de una bolsa de Trigo Baguette y de una bolsa de Súper Soja y brindando los siguientes datos personales: Nombre, Apellido, Domicilio, Teléfono, Dirección de Correo Electrónico, Fecha de Nacimiento, Distribuidor donde compra usualmente, CUIT y razón social.

Aquellos que envíen la carta referida más arriba en debida forma recibirán en el domicilio indicado como remitente en el sobre correspondiente, una notificación de NIDERA dándolos de alta en el presente PROGRAMA. Las personas que opten por esta vía obtendrán el alta en el PROGRAMA y automáticamente se les asignarán tres (3) puntos por cada carta recibida, hasta un máximo de una (1) carta por mes de vigencia del PROGRAMA, obteniendo así las chances correspondientes para participar de los sorteos indicados más abajo, teniendo en cuenta las excepciones establecidas en la cláusula 5.3. Luego, podrán también sumar puntos adquiriendo PRODUCTOS conforme el mecanismo descripto en estas Bases y Condiciones.

 

5.1 Se realizarán seis (6) sorteos por año para cada Categoría. Todos los sorteos se realizarán ante la presencia de un escribano público, y las fechas y los lugares en que los mismos se llevarán a cabo serán comunicados por NIDERA con suficiente antelación a través del SITIO Web.

5.2. Los PRODUCTORES tendrán en cada uno de los sorteos en los cuales participen, según la categoría en la que se encuentren al momento de realizarse cada sorteo, una chance por cada punto acumulado.

5.3. Quedan excluidos de todos los sorteos que se realicen como parte del PROGRAMA los PRODUCTORES radicados en las provincias de Salta, Mendoza y Neuquén. Se entenderá como lugar de radicación a los efectos de la presente, cuando el PRODUCTOR tenga su establecimiento, explotación principal o domicilio localizados en alguna de dichas jurisdicciones. Los PRODUCTORES radicados en esas jurisdicciones no quedarán excluidos, en cambio, de los beneficios indicados en la cláusula 6 de estas bases y condiciones.

5.4. PREMIOS: Se denominan Premios a todos aquellos productos que LOS PRODUCTORES podrán recibir a través de los sorteos a realizarse dentro de su categoría durante la vigencia del presente PROGRAMA, con los alcances establecidos en la cláusula 5.3.

En caso que el premio sorteado no estuviere disponible o no pudiese ser obtenido en condiciones razonables, NIDERA se reserva el derecho de proveer un premio alternativo, de similar calidad y valor, sin que ello habilite a LOS PRODUCTORES a efectuar reclamo alguno.

5.5. Los Premios que se sortearán para cada Categoría y en cada uno de los sorteos del PROGRAMA serán detallados por NIDERA en el SITIO WEB.

5.6 Los PRODUCTORES potencialmente favorecidos en los sorteos con alguno de los Premios serán notificados de su calidad de tales por vía telefónica a los teléfonos denunciados al momento de la inscripción al PROGRAMA. En caso de imposibilidad de contacto, se considerará que la comunicación y notificación ha fracasado, a los efectos previstos en estas bases.

5.7. Una vez establecida la comunicación indicada en el párrafo anterior, NIDERA coordinará con los PRODUCTORES favorecidos la fecha de entrega de los premios.

5.8. Será requisito de asignación de los premios, que los PRODUCTORES favorecidos con alguno de ellos acrediten la veracidad de los datos ingresados al sistema a través del Formulario de Inscripción, que exhiban las facturas originales y entreguen copia de las facturas de los PRODUCTOS y/o la carta de notificación de alta que les permitieran acumular los PUNTOS necesarios para participar del sorteo. La falta de acreditación de identidad, la falta de entrega de las copias de las facturas y/o carta de alta que le permitieron acceder al premio o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases hará perder al PRODUCTOR, automáticamente, el derecho a la asignación de los premios, considerándose en estos casos como no asignado. Todo premio no asignado quedará en poder de NIDERA

Los Premios serán entregados a los PRODUCTORES en los domicilios que hayan ingresados al momento de inscribirse en el PROGRAMA. La entrega de Premios siempre estará supeditada a la previa comprobación de NIDERA de la legitimidad de las compras declaradas por los PRODUCTORES. El plazo de entrega de los Premios estará sujeto a las características de los mismos, sin perjuicio de esto, se fija como plazo máximo de entrega de los Premios el plazo de treinta (30) días hábiles de haberse comprobado la legitimidad de las compras declaradas por los PRODUCTORES.

5.9. Todos los Premios serán entregados con la garantía de su fabricante, si ello correspondiese en función de su naturaleza y las prácticas del mercado. NIDERA no asume garantías ante eventuales vicios en los Premios entregados, debiendo dirigirse todo reclamo a los fabricantes o responsables de las correspondientes garantías.

 

6. BENEFICIOS:

Habrá 2 tipos de beneficios: Beneficios para el Campo y Beneficios para el Tiempo Libre.

6.1. Beneficios para el Campo: son los beneficios relacionados a la explotación agropecuaria. Los beneficios provienen de acuerdos comerciales realizados entre NIDERA y las empresas adheridas y pueden o no diferir en función a la categoría a la cual pertenezca el PRODUCTOR. Se podrán conocer los Beneficios disponibles para cada una de las Categorías del PROGRAMA a través del SITIO Web. NIDERA comunicará en el SITIO Web la cantidad de beneficios disponibles para cada Categoría y el plazo de vigencia de los mismos.

Cuando un PRODUCTOR desee hacer uso de alguno de los beneficios disponibles para su Categoría deberá imprimir un cupón que se encontrará en el SITIO Web y presentarlo en el negocio indicado junto con su DNI. Para poder imprimir el cupón, el PRODUCTOR deberá tener en su cuenta un mínimo de 500 puntos en la campaña actual o anterior.

6.2. Beneficios para el Tiempo Libre: son beneficios exclusivos en gastronomía, entretenimiento, indumentaria y turismo, entre otros. Los beneficios provienen de acuerdos comerciales realizados entre NIDERA y los comercios adheridos y serán los mismos para las 4 categorías del PROGRAMA. Se podrán conocer los Beneficios disponibles a través del SITIO Web, y se podrán buscar los beneficios por provincia, localidad y rubro. Para poder utilizar un beneficio el PRODUCTOR deberá tener en su cuenta un mínimo de 500 puntos en la campaña actual o anterior y presentar la credencial enviada por NIDERA en los comercios adheridos. En caso de no pertenecer más al programa o no contar con los puntos requeridos, se desactivará la credencial.

6.3 Tarjetas adicionales: para que familiares o empleados del PRODUCTOR puedan utilizar los beneficios para el Tiempo Libre, NIDERA entregará tarjetas adicionales en función a la categoría a la cual pertenezca el productor:

Classic: 1 tarjeta adicional

Gold: 3 tarjetas adicionales

Platinum: 5 tarjetas adicionales

Infinite: 7 tarjetas adicionales  

Las tarjetas deberán ser solicitadas por el PRODUCTOR en el Sitio Web, dejando nombre, apellido, DNI y dirección de la persona adicional. Las tarjetas adicionales podrán otorgarse exclusivamente a familiares directos y/o empleados de la firma del PRODUCTOR. Las mismas serán enviadas a la dirección ingresada dentro de los 30 días posteriores a completada la solicitud.

 

7) CONDICIONES GENERALES

7.1. Ante el descubrimiento de fraude o abuso relacionado con la acumulación de puntos y/o respecto de las compras declaradas, tendrá por resultado la pérdida de los PUNTOS acumulados, así como exclusión automática del PROGRAMA del PRODUCTOR.

.7.2. LOS PRODUCTORES podrán comunicarse al centro de atención telefónica NIDERA al teléfono 0800 222 LIDERES (5433) de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, ante cualquier duda, consulta o inconveniente que se les presentare en relación al PROGRAMA. También podrán entrar en contacto a través del SITIO WEB, www.lideresnidera.com.ar.

7.3. La adhesión al PROGRAMA implica la autorización de LOS PRODUCTORES para la utilización de imágenes, voces, datos personales y domicilio, y los de sus familiares, con fines publicitarios, comerciales y/o informativos, en los medios y formas que NIDERA determine, sin derecho a compensación alguna, por el plazo de hasta un (1) año contado a partir de la fecha de cierre del PROGRAMA, siendo condición esencial para la entrega de los Premios que el ganador permita que se realice la publicidad correspondiente.

7.4. No podrán participar del PROGRAMA ni los empleados de NIDERA, ni las empresas en que empleados de NIDERA tengan participación directa, ni sus agencias de publicidad y Promoción.

 

7..5. Los datos personales brindados por LOS PRODUCTORES serán objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad de NIDERA. La provisión de los datos por parte de LOS PRODUCTORES que participan del presente PROGRAMA es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para participar en el mismo.

De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 25.326, el titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto. Los participantes podrán requerir que dicha información les sea suministrada, y/o que la misma sea actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos deberán comunicarse al 0800 222 LIDERES (5433).

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. 

7.6. El presente PROGRAMA se regirá por las leyes de la República Argentina. Toda controversia será resuelta ante los Tribunales Ordinarios en lo Comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con expresa exclusión y renuncia a todo otro fuero y jurisdicción.

A los efectos de eventuales notificaciones, se tendrán por válidos los domicilios ingresados al momento de inscribirse para participar del PROGRAMA por los PRODUCTORES.

 

ANEXO I

         Compra de 1 Bolsa NIDERA de Súper Soja = 5 Puntos. Declaración de regalías por el mismo producto: 5 puntos.

Compra de 1 Bolsa NIDERA de Trigo Baguette = 3 Puntos. Declaración de regalías por el mismo producto: 3 puntos.